A- de 2018
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Maria Emma Canticus Cabezas·Demandado Cabildo Mayor Indigena Inga De Santiago Y Otras
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juzgamiento de sus propias actuaciones
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Controversia suscitada entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago (Putumayo) y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy (Putumayo).
La autoridad judicial del municipio de Santiago señaló que se encontraba incurso en una causal de recusación y con fundamento en ello declaró su falta de competencia.
Lo anterior, pese a que en materia de tutela no es aplicable la figura de la recusación y que lo que debía hacer, si consideraba que se configuraba una de las causales previstas en el artículo 56 de la Ley 906 de 2004, era declararse impedido.
Considera la Corte que con dicha actuación se desconoció las reglas de competencia previstas en la Constitución y en el Decreto 2591 de 1991 y se desatendió la jurisprudencia de la Corporación frente al trámite que debe seguirse en los casos en que el juez considera que su imparcialidad se encuentra comprometida, afectando con ello las garantías de celeridad, eficacia y prevalencia del derecho sustancial que rigen la acción de tutela.
Se ordena remitir el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago (Putumayo), para que, de considerar que se encuentra incurso en una de las causales de impedimento previstas en la Ley 906 de 2004, adelante el trámite correspondiente o, de lo contrario, profiera la decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 21 de mayo de 2018 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago (Putumayo), mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela presentada por Maria Ema Canticus Cabezas en contra del Cabildo Mayor Indigena Inga de Santiago y las senoras Agustina y Leonor Tisoy Tandioy.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3399 al Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago (Putumayo), para que, de considerar que se encuentra incurso en una de las causales de impedimento previstas en la Ley 906 de 2004, adelante el tramite correspondiente, o, de lo contrario, profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado, conforme a las previsiones del articulo 86 de la Constitucion Politica y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR a la accionante y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy (Putumayo), la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.